El Gobierno autorizó el funcionamiento de micros y trenes de larga distancia solo para trabajadores esenciales

Fueron publicadas dos resoluciones en el Boletín Oficial informando todos los protocolos que se deberán cumplir. Los detalles en la nota.

Nacional 16/10/2020 Primera Info
MICROS TRENES

Luego del ya anunciado retorno de los trenes y micros de larga distancia, el gobierno nacional oficializó la reanudación de esos servicios y estableció los protocolos para utilizarlos. Por el momento solo podrán viajar los trabajadores esenciales, se deberá reducir la capacidad de pasajeros y prever una venta no presencial de pasajes. También habrá cambio de frecuencia y horarios.

Tanto en los micros como trenes “deberán aplicarse los protocolos respectivamente elaborados por el Comité de Crisis Prevención Covid-19”, que además condiciona a los pasajeros a portar el permiso de movilidad que expide la aplicación del Certificado Único Habilitante para Circulación.

Ante todo, cada empresa deberá gestionar la conformidad de los gobernadores y del jefe de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su circulación. Esto tiene que ver con la condición de que cada provincia tendrá en sus manos la apertura o no de las entradas y salidas en su territorio, de acuerdo a sus propias medidas de prevención.

Las medidas que deben tomarse en micros y trenes
La norma establece que en el actual contexto epidemiológico, la prestación de los servicios solo será para el “traslado de trabajadores esenciales de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio". Se descarta que esto cambiará cuando baje la circulación del virus.

También se establecieron límites para la frecuencia de viajes. Quedarán a criterio de las empresas según la demanda que tengan, pero no podrán superar las que registraban hasta antes del inicio del ASPO. Es decir que no podrán poner en circulación más coches de lo que ya disponían, aún cuando la demanda de viajes sea alta.

De la misma manera, los horarios de los servicios se programarán de acuerdo a las condiciones de cada estación terminal y "procurando no generar aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades".

También habrá límites en la capacidad de pasajeros, según el tipo de unidad. En el caso de los micros, los coches “semi cama" podrán trasladar hasta 37 personas, los de categoría "cama ejecutivo" hasta 26, y los "cama suite" hasta 18.

Para el caso de los trenes, cada vagón deberá ocupar el 60 por ciento de su capacidad de servicio. El objetivo de este punto es extremar las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los coches.

Quienes podrán compartir asientos dobles serán las personas que integran grupos familiares o convivientes. Esto deberá ser especificado al momento de la adquisición del pasaje. Solo de esta manera tendrá butacas adyacentes sin perjuicio del distanciamiento social.

Luego del ya anunciado retorno de los trenes y micros de larga distancia, el gobierno nacional oficializó la reanudación de esos servicios y estableció los protocolos para utilizarlos. Por el momento solo podrán viajar los trabajadores esenciales, se deberá reducir la capacidad de pasajeros y prever una venta no presencial de pasajes. También habrá cambio de frecuencia y horarios.

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Tanto en los micros como trenes “deberán aplicarse los protocolos respectivamente elaborados por el Comité de Crisis Prevención Covid-19”, que además condiciona a los pasajeros a portar el permiso de movilidad que expide la aplicación del Certificado Único Habilitante para Circulación.
 

 
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Ante todo, cada empresa deberá gestionar la conformidad de los gobernadores y del jefe de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su circulación. Esto tiene que ver con la condición de que cada provincia tendrá en sus manos la apertura o no de las entradas y salidas en su territorio, de acuerdo a sus propias medidas de prevención.

Las medidas que deben tomarse en micros y trenes
La norma establece que en el actual contexto epidemiológico, la prestación de los servicios solo será para el “traslado de trabajadores esenciales de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio". Se descarta que esto cambiará cuando baje la circulación del virus.

También se establecieron límites para la frecuencia de viajes. Quedarán a criterio de las empresas según la demanda que tengan, pero no podrán superar las que registraban hasta antes del inicio del ASPO. Es decir que no podrán poner en circulación más coches de lo que ya disponían, aún cuando la demanda de viajes sea alta.

De la misma manera, los horarios de los servicios se programarán de acuerdo a las condiciones de cada estación terminal y "procurando no generar aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades".


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También habrá límites en la capacidad de pasajeros, según el tipo de unidad. En el caso de los micros, los coches “semi cama" podrán trasladar hasta 37 personas, los de categoría "cama ejecutivo" hasta 26, y los "cama suite" hasta 18.

Para el caso de los trenes, cada vagón deberá ocupar el 60 por ciento de su capacidad de servicio. El objetivo de este punto es extremar las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los coches.

Quienes podrán compartir asientos dobles serán las personas que integran grupos familiares o convivientes. Esto deberá ser especificado al momento de la adquisición del pasaje. Solo de esta manera tendrá butacas adyacentes sin perjuicio del distanciamiento social.

Además, se establece que las empresas de transporte, en todas las operaciones de venta o reserva de pasajes, "procurarán utilizar medios no presenciales de compra".


Los requisitos fueron publicados en la Resolución 222/2020 del Ministerio de Transporte, publicada hoy en el Boletín Oficial, que exceptúa al servicio de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional de las medidas de aislamiento obligatorio iniciadas el 20 de marzo pasado.

INFORMACIÓN DE PAGINA 12

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