Identidades diversas: ¿Fueron respetadas al momento de votar en Olavarría?

Hacia la hora de cierre de los comicios, se reportó un caso donde no se respetó la identidad autopercibida de una persona cuando votó. Desde el Espacio de Diversidad Sexual y Disidencias del STMO brindaron detalles a Primera Info sobre la temática.

Política 12/09/2021 Primera Info
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Por Mercedes Fariña

En nuestro país, la Ley de Identidad de Género promulgada en 2012 establece que las personas trans sean tratadas de acuerdo a su identidad autopercibida e inscritas en sus documentos personales con el nombre y el género vivenciado.

Asimismo, a partir de la sanción del decreto presidencial 476/21 en julio pasado, Argentina se convirtió en el primer país de la región en reconocer identidades por fuera del binomio de género en los sistemas de registro e identificación.

Con la cercanía de las PASO, desde el Espacio de Diversidad Sexual y Disidencias del Sindicato de Trabajadores Municipales y el Consultorio Inclusivo difundieron a través de sus redes información importante sobre identidades diversas y el respeto a los derechos de las mismas según lo estipulado por las leyes, dirigida a autoridades de mesa y fiscales. 

En este sentido, indicaron que "si sos fiscal o presidente de mesa y una persona trans quiere votar pero no hizo el cambio registral, tenés que buscar el número de DNI para que todas las personas integrantes de la mesa identifiquen de forma rápida a la persona votante".

También que "solo vas a decir los datos del número de orden, apellido y número de DNI sin decir el nombre que aparece en el documento", respetando así la identidad autopercibida de la persona.

En Olavarría este espacio del STMO se mantuvo en alerta ante avisos o quejas de vulneraciones a este derecho. Sobre la hora de cierre de los comicios, Victoria Altavista, integrante del espacio, contó a Primera Info que a lo largo del día no tuvieron conocimiento de situaciones de esta índole hasta casi las 18 horas, cuando les informaron de un hecho.

Una mujer trans se acercó a emitir su voto en la Escuela Secundaria N° 8 (ex Comercio) y allí la nombraron con su nombre masculino, que aparecía en su DNI. Luego de votar, la saludaron nuevamente con ese nombre, que no es el autopercibido. 

En este caso no solo no se tuvo en cuenta la expresión de género femenina de quien estaba votando, sino que tampoco se cumplió con lo explicitado por distintos espacios y sobre todo por la Ley de Identidad de Género.

El artículo N° 12 establece que "deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados"

"En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada", añade la norma. En el caso de los padrones, no figura el género pero si el número de DNI, pudiendo utilizarse el mismo para llamar a la persona en caso de que el nombre que allí figura no coincida con su expresión de género, es decir, con cómo se presenta.

Victoria Altavista manifestó sobre lo sucedido en la Escuela ex Comercio que "es un claro ejemplo de que no le dieron importancia si hubo capacitación, o directamente no la hubo, o no hay interés, es una falta de respeto total".

Por otro lado, previo a las elecciones, muchas personas compartieron esta información y quienes fueron fiscales y autoridades de mesa agradecieron a los espacios que difundieron la manera correcta de proceder acorde a la Ley y al respeto a la identidad.

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