Las personas interesadas pueden postularse de manera online, o acercándose a la oficina ubicada en la sede de la Secretaría de Desarrollo Económico y Productivo.
Coopelectric le contestó a un abogado que afirmó que era posible bajar la tarifa de luz
El doctor Ignacio Aramaburu, presidente del Consejo de Administración de Coopelectric, dio detalles de cómo funciona el servicio, resaltando el desconocimiento que muchos tienen respecto del mercado eléctrico.
Comunidad 06/08/2020 Primera InfoDías atrás un abogado que integra una Asociación de Usuarios mencionó que es posible bajar la tarifa de luz. Ante ello, el presidente del Consejo de Administración de Coopelectric Dr. Ignacio Aramburu, aclaró “por supuesto que todos compartimos la intención de bajar el costo de la factura eléctrica, pero en pos de ese objetivo no podemos engañar a la gente. Los conceptos vinculados a la tarifa eléctrica no pertenecen a la órbita de la Cooperativa".
Los dichos vertidos por este usuario fueron calificados por el Dr. Aramburu como "un desconocimiento total sobre el mercado eléctrico y los conceptos regulatorios en la materia. El precio del kilowatt (Kw) surge de la Ley Provincial N 11.769, la cual especifica la metodología del cálculo de la tarifa a los usuarios y el organismo que realiza dicha tarea es la Dirección Provincial de Energía. Ese valor del Kw tiene dos componentes principales -explicó-, el costo de la energía eléctrica que la Cooperativa adquiere en el mercado mayorista al único proveedor que es la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), encargada de administrar ese mercado y fijar el valor a pagar por el producto. El costo de la energía adquirida es la misma para todo el país agregándose, en el caso de Olavarría, el costo del Transporte hasta la Estación Transformadora ubicada en la Ruta 51".
Además, señaló que "el otro componente de la tarifa es el VAD (Valor Agregado de Distribución) que no es un índice como dice este abogado, sino que es el valor de la retribución que por Ley le corresponde a la distribuidora (Coopelectric) por los costos de operación y mantenimiento que incurre para la prestación del servicio".
"En el caso de la provincia de Buenos Aires, la Dirección Provincial de Energía calcula el VAD de las tres zonas en que está dividida la provincia. Olavarría se encuentra en la zona Atlántica integrada por las distribuidoras de Mar del Plata, Tandil, Azul, Las Flores, entre otras. Todas estas ciudades tienen la misma tarifa que Olavarría, tanto en el cargo fijo como variable por ello es una gran falsedad que el Kw. en Olavarría salga más caro que en otros partidos de la Provincia. Por lo tanto, lo que se pretende es confundir y hacer creer que la tarifa de Coopelectric es la más cara y que por ende se podría bajar", sostuvo.
Sobre el Servicio de Alumbrado Público, el abogado mencionó una doble imposición tributaria. Sin embargo, el Dr. Aramburu aclaró que "se trata de una tasa y no de impuestos. Se ha definido a la doble imposición tributaria como al hecho de que sobre una misma manifestación de riqueza incidan varios impuestos lo que no incluye al caso del Alumbrado Público. Y no es un concepto incluido como tal en el cobro de la tasa de Servicios Urbanos".
Al mismo tiempo explicó que "el alumbrado público se cobra por la Ordenanza Municipal 103/74 como concepto incluido en la factura del servicio eléctrico fijando un porcentaje sobre el monto del consumo eléctrico según la categoría de usuario. El monto recaudado se transfiere mensualmente a la Municipalidad. El costo de las obras de ampliación, renovación y del mantenimiento del Alumbrado Público es solventado por el Municipio quien contrata a Coopelectric para su ejecución". Finalmente agregó que "tanto el consumo Municipal de reparticiones como el del Alumbrado Público son facturados por Coopelectric a la tarifa fijada por la provincia según el Marco Regulatorio vigente para consumos Municipales".
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