Región Primera Info 16/12/2020

Once años después, condenaron a un ex fiscal olavarriense por abusar sexualmente de una menor

Se trata de Rubén Ariel Rivero, abogado y ex policía de la Bonaerense. Fue condenado a tres años y tres meses de prisión luego de haber sido encontrado culpable.

Ruben Ariel Rivero foto El Popular

Foto: Diario El Popular

Hace 11 años, en agosto, Rubén Ariel Rivero asumió un cargo al frente de una fiscalía en Olavarría. Pocas semanas después fue denunciado por abuso sexual contra una joven que en ese momento tenía 16 años. 

Rivero, abogado y ex policía de la Bonaerense, fue declarado culpable de "abuso sexual simple cometido mediante intimidación por relación de poder" y fue condenado este lunes a tres años y tres meses de prisión por el delito.

El hecho que derivó en esta condena sucedió en la casa a la que el hombre se mudó luego de su designación como fiscal. Luego de resistirse al ataque sexual de Rivero, la víctima, que había sido contratada como "servicio doméstico", logró escapar del lugar.

Poco tiempo después fue realizada la denuncia y Rivero fue apartado de sus funciones en la fiscalía con asiento en nuestra ciudad. La investigación penal comenzó en una fiscalía de los Tribunales de Azul, en la cual se tomó declaración en dos ocasiones a la víctima.

El juicio, que finalizó el lunes 14 de diciembre, fue conducido por el juez Héctor Torrens, comenzó de manera presencial y concluyó desde la virtualidad en el Juzgado Correccional número 2 con asiento en el Palacio de Justicia de Azul.

Allí se expusieron las pruebas, los testimonios y la víctima volvió a brindar su versión de los hechos. El juez rechazó "los planteos de prescripción de la acción penal, incompetencia y nulidad" de la causa, argumentos planteados por Rivero y sus defensores al inicio del debate.

El fallo culminó “condenando a Rubén Ariel Rivero, cuyas demás circunstancias personales han sido citadas en este decisorio, como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple cometido mediante intimidación por la relación de poder (art. 119 -primer párrafo- del Código Penal), hecho ocurrido en Olavarría el día 8 de septiembre de 2009 en perjuicio de Diana Clara Victorero -por entonces de 16 años de edad-, a la pena de tres años y tres meses de prisión, con accesorias legales del art. 12 del CP y costas procesales”.

Además, según el dictamen, Rivero tiene cinco días para "denunciar su domicilio real y su número de teléfono celular, haciendo constar que cualquier modificación futura sobre ellos deberá ser comunicada a este Juzgado dentro de las 48 horas de producida". Aparte de eso, no puede salir del país y le fue impuesta la "absoluta prohibición de mantener cualquier contacto con la víctima y su grupo familiar". 

En el fallo, el juez se refirió a las características del caso como "propias del accionar que se efectúa de modo clandestino, aprovechando el autor un ámbito de privacidad resguardado de miradas ajenas, tanto para evitar que la víctima pueda recibir una ayuda inmediata de otras personas, como para imposibilitar la presencia de testigos directos del hecho". 

En cuanto a la relación de poder arriba mencionada, el juez escribió que "si a ello se suma el modo sorpresivo con el que actuó el imputado sobre ella -tal como claramente la joven contara en el debate- y el ejercicio evidente de una relación de poder -tanto por la condición de fiscal que él puso de manifiesto al referirle su intervención en casos importantes como por la de empleador, sumada a la edad de la damnificada (16 años)-, queda conformada la marcada situación de vulnerabilidad en la que quedó ubicada".     

Los agravantes del caso consistieron en "la minoría de edad de la víctima al momento del hecho" y "la situación de extrema vulnerabilidad en que fue colocada por el autor a través del aprovechamiento por la condición de fiscal como la de empleador del servicio doméstico que ella prestaba en la vivienda". El único atenuante que pudo encontrarse fue "la ausencia de antecedentes penales" de Rivero.

Fuente: Diario El Tiempo de Azul

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