Comunidad Primera Info 04/05/2021

Punto por punto: el decreto con las nuevas medidas restrictivas en Olavarría

Los comercios podrán funcionar en el horario de 6 a 20 horas y las únicas actividades deportivas que podrán realizarse son al aire libre. Los locales gastronómicos podrán trabajar hasta las 23 con "delivery" y "takeaway".

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Este martes se dio a conocer el Decreto Municipal que detalla las medidas restrictivas que acatará el partido de Olavarría en principio durante 14 días, es decir, hasta el 17 de mayo inclusive. Este lunes en conferencia de prensa el intendente Ezequiel Galli adelantó que la mayoría de las actividades podrán funcionar desde las 6 hasta las 20 horas, que cerrarán natatorios, gimnasios y cines y que no podrán realizarse deportes en espacios cerrados.

Las medidas ya tienen vigencia a partir de este martes.4 de mayo.

Los lugares de comida para llevar, cervecerías y restaurantes podrán atender personas hasta las 20 horas en sus locales con el 30% de aforo, no superando las 4 personas por mesa. Luego podrán funcionar hasta las 23 con las metodologías de delivery y "para llevar".

En tanto, las estaciones de servicio, servicios postales y distribución de paquetería funcionarán sin restricción horaria.

El estacionamiento medido continuará funcionando de 9 a 20 horas. Por otro lado, los registros del automotor y de las personas funcionarán hasta las 18 horas.

Respecto a las actividades deportivas el decreto detalla que solo podrán funcionar aquellas que se realicen al aire libre. Es decir, running, ciclismo, kitesurfing, pesca, tiro, tenis, golf, hipismo, canotaje, patín carrera y artístico, atletismo, preparación física individual, entre otros. En el caso de las canchas de pádel, podrán trabajar solo al aire libre. El horario estipulado para las actividades permitidas es de 6 a 20, excepto por la pesca en las lagunas Blanca Grande, Blanca Chica, El Laguito y La Mostaza, que será de 7 a 19.

Para los talleres culturales, ensayos de obras, ferias al aire libre, talleres protegidos, jardines maternales, institutos de enseñanza privada (música, idiomas, artesanías), producción de contenido artístico para transmisiones permanece el horario de 8 a 20.

El transporte público trabajará de 6 a 21 horas en la semana y de 6 a 20 los sábados, con frecuencias similares a las de los domingos y feriados.

Los cementerios continuarán funcionando en el horario de 8 a 13 de lunes a viernes y de 8 a 16 los sábados. Mismo caso los espacios de culto, con horario de 8 a 20.

Podés leer el Decreto completo haciendo click ACÁ.

Las siguientes actividades funcionarán en el horario de 6 a 20 con los protocolos de bioseguridad establecidos: 

Supermercados, almacenes y despensas, carnicerías, pescaderías, fiambrerías, granjas y pollerías, verdulerías y fruterías, panaderías y confiterías, ferreterías, artículos de limpieza y lavanderías.

Venta de insumos agropecuarios, mayoristas de ventas de productos alimenticios, provisión de garrafas y leña.

Veterinarias, farmacias, venta de equipamientos médicos y medicamentos.

Kioscos.

Médicos, odontólogos, psicólogos, kinesiólogos, ópticas, diagnóstico por imagen, nutricionistas y fonoaudiólogos. Con turno previo excepto en caso de emergencia, ocasión en la cual podrán trabajar en cualquier horario.

Laboratorios de análisis clínicos.

Cervecerías, vinotecas y restaurantes.

Talleres de mantenimiento y reparación de automóviles y motocicletas. Fabricación y venta de repuestos, partes y piezas de automotores, bicicletas y moros y de neumáticos.

Venta de artículos de librería e insumos informáticos.

Oficinas de obras sociales, mutuales y prepagas.

Comercios de venta por mayor y menor.

Actividad de compañías aseguradoras.

Oficios y profesionales.

Personal de servicio doméstico.

Establecimientos de cobranzas e impuestos.

Agencias de ventas de vehículos.

Lavaderos de automotores.

Peluquerías y centros de estética.

Mudanzas y fletes.

Agencias de lotería.

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