Comunidad Primera Info 23/02/2024

Se confirmó la condena por homicidio culposo para un olavarriense

El 3 de enero de 2021, en Azul, el hombre guiaba un auto que, a exceso de velocidad y sin tener derecho de paso, impactó contra la moto que conducía la víctima fatal: un azuleño que días después murió.

Choque Azul

Los jueces que integran la Cámara Penal confirmaron el fallo de un debate realizado en noviembre pasado, proceso donde había sido condenado un olavarriense como el responsable de un siniestro de tránsito sucedido en Azul el 3 de enero de 2021 y que días más tarde derivara en la muerte del joven que resultara víctima de aquel hecho.

Con lo dispuesto en esta segunda instancia, las penas dictadas al hombre que guiaba un auto que había chocado con la moto que manejaba la víctima fatal quedaron ratificadas: tres años de prisión en suspenso y la inhabilitación "especial" por el plazo de siete años para conducir vehículos automotores.

Braian Demis Fernández, de 31 años de edad y domiciliado en Olavarría, se llama el hombre para quien fue confirmado ese fallo con veredicto condenatorio que, tras la realización de un debate en el Juzgado Correccional 1 a cargo del magistrado Aníbal Norberto Álvarez, se tradujera el pasado 10 de noviembre en las imposiciones de las mencionadas sanciones. Las mismas que ahora, de manera unánime, fueron confirmadas desde la Cámara que actualmente preside el juez Damián Cini e integran también Carlos Pagliere (h) y Agustín Echevarría.

En el juicio desarrollado hace tres meses, Fernández había sido declarado autor de un homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor por lo que fuera aquel hecho que protagonizara en Azul, sucedido en horas de la tarde del 3 de enero de 2021 en cercanías del Balneario Municipal.

Tomás Exequiel Arias -quien falleció el 11 de enero de aquel mismo año, mientras permanecía internado- se había convertido en la víctima de este siniestro vial, cuya condena para el conductor del automóvil ahora quedó confirmada en todos sus términos a través de una resolución de la Alzada departamental que data del viernes de la semana anterior, según lo referido a EL TIEMPO por fuentes judiciales.

Junto con esa pena de ejecución condicional que el olavarriense recibiera, el Juez que intervino en el debate le había impuesto, a modo de pautas de conducta y por el término de dos años, las obligaciones de "constituir domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados", se señalaba en el fallo que hace cinco días fue ratificado.

Fuente: www.diarioeltiempo.com.ar

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