Nacional Primera Info 08/06/2020

Se prorrogó la prohibición de despidos por otros 60 días

Fue por pedido de la CGT y la UIA. El objetivo de la medida es mantener el ingreso y el empleo de la población en el marco de la emergencia sanitaria.

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El Gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de despidos sin justa causa o bajo el pretexto de fuerza mayor en el marco de la pandemia de coronavirus. La medida llegó luego del pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT) y de la Unión Industrial Argentina (UIA) y del acuerdo entre las partes de la rebaja salarial para los trabajadores suspendidos.

A través de la Resolución 475/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo extendió por el plazo de sesenta días la vigencia de la iniciativa que ya había sido aprobada a fines de abril y que comenzará a regir a partir de este lunes 8 de junio.

A través de un comunicado, el Gobierno indicó que “en el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, y con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días”.

La resolución explicó la prohibición de despidos es a raíz de un pedido realizado por la CGT y la UIA al ministro de Trabajo, Claudio Moroni. En la solicitud tanto la entidad gremial como empresarial señalaron que es “con el objeto de preservar los puestos de trabajo existentes y garantizar a la sustentabilidad de las empresas en serios problemas económicos como consecuencia de la pandemia”

“De manera consensuada se establecieron transitoriamente y por el término de sesenta días, los lineamientos propuestos en pautas de derechos esenciales cuyo resguardo las partes acordaron como posibles para recomendar a la autoridad de aplicación la homologación automática de las suspensiones pautadas a través del mecanismo del art. 223 bis de la LCT”, indicaron el pedido.

A su vez, manifestaron que “analizada la marcha de las medidas, el impacto favorable para trabajadores y empresas, el sostenimiento de los puestos laborales, la protección social derivada de la conservación de la relación de trabajo y teniendo en cuenta que en los próximos días vence el acuerdo por el agotamiento del plazo establecido, entendemos que resulta necesario promover el dictado de nuevas normas que sostengan los lineamientos oportunamente propuestos como pautas razonablemente posibles de protección así como su ágil implementación en todo el territorio nacional para preservar las unidades productivas con su dotación de empleo, evitando de este modo, tanto las desvinculaciones de personal como el cierre de las empresas”.

La medida implica que en caso de que una empresa despida a un trabajador, se irá a juicio por lo que el empleado deberá ser reinstalado y además se le deberá pagar los salarios durante el tiempo que no los cobró. No obstante, para quienes no están registrado la situación es más compleja ya que deberán demostrar el vínculo laboral.

Días atrás, la CGT y la IUA acordaron la extensión del acuerdo de rebaja salarial para los trabajadores suspendidos. La medida también es por 60 días y se le pagará solamente el 75% del sueldo a los empleados que hayan sido obligados a no prestar sus servicios.

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