Tandil: se realizó el primer aborto legal

Ocurrió luego de la entrada en vigencia la Ley 27.610, que garantiza el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en todo el país.

Región 17/03/2021 Primera Info
hospital santamarina

Días pasados, el Hospital Municipal “Ramón Santamarina” cumplió con la realización de la primera Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), luego de la entrada en vigencia la Ley 27.610, que legaliza el aborto en todo el país.

El procedimiento se llevó a cabo en el centro asistencial público y estuvo a cargo de un especialista que recientemente se incorporó al equipo y que no es objetor de conciencia.

Así lo confirmó el vicepresidente del Sistema Integrado de Salud Pública, Matías Tringler. En detalle, contó que fue un “arduo trabajo” sumar a un profesional al servicio de ginecología del Hospital que no estuviera respaldado por esa figura y que pudiera cumplir con la práctica.

 
“Cualquier sistema público tiene que ofrecer lo que indica la ley, con un profesional que pueda llevar adelante la práctica y dar respuesta a los pedidos que se presenten en el marco de lo que establece la ley”, planteó Tringler.

El principal inconveniente que debía afrontar era contar con profesionales que pudieran llevar adelante una interrupción voluntaria del embarazo. “Hasta la semana 12 la puede hacer un médico generalista, en ese sentido, tenemos profesionales en los centros de salud y en el hospital que no están avalados por esta figura. Pasando esa semana de gestación, no teníamos profesionales especialistas que pudieran hacer la intervención”, explicó.

 Recientemente “se incorporó un ginecólogo al servicio de ginecología del Hospital que no es objetor de conciencia”.

“Fue el primero en Tandil, y con un especialista no objetor de conciencia en el Hospital”, dijo e indicó que no se presentó ningún inconveniente y que la paciente se encuentra bien.

La normativa, que entró en vigencia el 24 de enero pasado, dispone que los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales y las empresas y entidades de medicina prepaga incorporen la cobertura integral y gratuita de la práctica. No requiere adhesiones provinciales ni reglamentación para su vigencia.

Además, establece que, una vez solicitada la prestación por parte de la beneficiaria/afiliada, tiene un plazo máximo de 10 días corridos para cumplir con la prestación.

Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el plan médico opcional con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

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