Nacional Por: Primera Info 10/07/2021

El Gobierno amplió el cupo de personas que podrán ingresar al país

El Gobierno nacional prorrogó este viernes por cuatro semanas la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia y amplió el cupo de pasajeros argentinos o residentes que pueden ingresar al país.

A través del DNU 455/21, el presidente Alberto Fernández prorrogó el DNU 287/21, que faculta a gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar medidas ante la verificación de determinados parámetros, a través del denominado "semáforo epidemiológico", que se divide en bajo, mediano y alto riesgo según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.

En tanto, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, firmó la Decisión Administrativa 683/21, con validez también hasta el 6 de agosto, que amplía el cupo de argentinos y residentes que podrán ingresar al país por vía aérea, de acuerdo con un esquema gradual que regirá durante las próximas cuatro semanas.

Habrá 5.200 plazas disponibles para la semana del 10 al 16 de julio; 6.300 para la del 17 al 23, y 7.000 para las semanas del 24 al 30 de este mes y del 31 de julio al 6 de agosto.

También se permitirá el ingreso desde Uruguay de dos buques de pasajeros semanales, con aforo de hasta el 50% de su capacidad.

En un marco de pandemia y ante la necesidad de evitar la entrada de variantes de coronavirus que no tienen circulación comunitaria en el país, como la Delta, el Gobierno nacional recomendó "a todos los argentinos y residentes no viajar al exterior, especialmente a aquellos que integran los grupos de riesgo", indicaron fuentes oficiales.

Esta recomendación busca también "evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas", añadieron.

Las fronteras continuarán cerradas al turismo y seguirán suspendidos los vuelos provenientes de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India y países africanos.

También continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.

Además, quienes regresen desde el exterior estarán obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen; y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.


Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los artículos 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública.

Esos códigos contemplan sanciones con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 días a un año, respectivamente.

Los viajeros deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina y, además, deberán hacerse una prueba al llegar al país y otra al séptimo día de ingreso.

Quienes resulten negativos, al ingreso al país deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobiernos provinciales y de CABA, y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.

Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.

Todos los testeos y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.

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