El Enacom pedirá a la Corte que convalide el DNU sobre servicios de telecomunicaciones

El Ente Nacional de Telecomunicaciones (Enacom) presentará este viernes un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia, con el objetivo de revertir la medida cautelar dictada a favor de Telecom y que suspende para esa empresa la aplicación del DNU 690/2020, que declaró servicio público a las telecomunicaciones.

Nacional 14/05/2021 Primera Info Primera Info
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La apelación ante el máximo tribunal busca modificar la decisión de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que admitió una presentación de Telecom Argentina y decretó una medida cautelar en su favor que suspende temporalmente los artículos 1 al 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020.

En una presentación virtual realizada este mediodía, el presidente del Enacom, Claudio Ambrosini, manifestó: "Vamos a ser muy rigurosos en lo que podemos exigir".

Remarcó que "el DNU 690 está ratificado por el Congreso, es una ley y hay que cumplirla, no es una cosa personal, las leyes están para cumplirlas".

Por su parte, el vicepresidente del ente, Gustavo López, dijo que en la presentación que se realizará ante la Corte "nos acompañan todas las asociaciones de consumidores".

"El único que obtuvo una cautelar es Telecom, esto afecta a la competencia y castiga al usuario", agregó.

En ese sentido, afirmó que "es una cuestión de sentido común, Telecom aumentó 20% en el primer trimestre y ahora, con la suspensión del decreto, dice que va a aumentar 15% más, esto da 37% acumulado en un semestre, ¿eso parece lógico?", cuestionó.

"En mayo no se autorizó ningún aumento, si nadie autorizó no pueden aumentar, quienes aumentaron en mayo lo van a tener que devolver porque no se autorizó ningún aumento", aclaró.

En el marco de la conferencia de prensa, el director general de Asuntos Jurídicos y Regulatorios de Enacom, Diego Leiva, sostuvo que "vamos a presentar un recurso extraordinario federal a la Corte y entendemos que tenemos los argumentos suficientes para hacer valer la legalidad del decreto 690".

El caso de Telecom, "no es una medida cautelar más sino que entendemos que la Corte tiene que intervenir porque eso trasciende el mero interés entre las partes, lo que está en cuestión es un DNU que regula servicios para todos los habitantes, no está acotado al interés de las partes", subrayó.

Leiva consideró que es necesario "tener en cuenta el poder adquisitivo de los usuarios, que no represente una tarifa un porcentaje elevado de los ingresos de las familias destinado a estos servicios".

Se refirió además a "errores" en los argumentos del fallo de la Sala II en favor de Telecom, como por ejemplo "que el DNU 690 no seria necesario por el 311 que ya introducía el no corte del servicio. Es llamativo porque los instrumentos legales no son correctos, el 311 dejo de tener vigencia el 31 de diciembre del año pasado", explicó.

Asimismo, negó que "el DNU 690 venga de manera disruptiva a intervenir en precios". "Esa libertad en precios nunca fue tal, siempre existió el concepto de que las tarifas tienen que ser justos y razonables y que el organismo de control tenía que hacer esa evaluación", sostuvo.

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