Ley "Mica Ortega": crearon el programa nacional contra el grooming

La iniciativa, que lleva el nombre de una niña asesinada tras ser contactada en las redes por un adulto, busca prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre el ciberacoso.

Nacional 16/12/2020 Primera Info
grooming

Este miércoles, el Gobierno nacional promulgó la creación del Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, que fue creado por la Ley 27.590, sancionada el pasado 11 de noviembre en el Congreso de la Nación.

La llamada Ley "Mica Ortega" fue promulgada a través del Decreto 1007/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo.

El objetivo del programa contra el grooming es prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre la problemática del ciberacoso, mediante el uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la capacitación de la comunidad.


La ley lleva el nombre de Mica Ortega, en homenaje a la niña de 12 años que fue víctima de grooming y de femicidio. Mica desapareció el 23 de abril del 2016 después de que Jonathan Luna (de 28 años), utilizara cuatro cuentas falsas en la red social Facebook, para contactarla simulando ser una niña.

El hombre logró que Mica accediera a encontrarse con él en la esquina de su domicilio y casi un mes después, el 28 de mayo de 2016, el cuerpo de la niña fue encontrado golpeado y estrangulado, en las afueras de Bahía Blanca.

¿Qué es el grooming?


La Ley Mica Ortega, que fue aprobada en una sesión especial de la Cámara de Diputados el pasado 11 de noviembre, establece en su artículo 3 que por grooming o ciberacoso se entiende "a la acción en la que una persona por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma".

También estipula la creación de "una página web con información referida al grooming o ciberacoso y al uso responsable de las tecnologías de la Información y la Comunicación, destinada a la población en general y a la comunidad educativa en particular, con el fin de que obtengan material de información, prevención y capacitación".

Las autoridades de aplicación podrán "celebrar convenios con organismos estatales y no estatales, coordinar un equipo interdisciplinario integrado por profesionales especialistas que elabore planes de acción sobre prevención y concientización, organizar espacios de reflexión y debate en establecimientos educativos de gestión pública y privada y cualquier otro ámbito que reúna a niñas, niños y adolescentes y a sus padres, madres y/o tutores/as", entre otras acciones.

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