Abuso sexual: no le creyeron porque era "buena alumna"

La Corte Suprema revirtió un fallo del máximo tribunal de Río Negro en un caso de abuso sexual infantil. La víctima, que había denunciado a su padrastro, ya es adulta y seguirá el proceso legal.

Nacional 31/08/2020 Primera Info
poder judicial rio negro

Una mujer de Río Negro logró que la Corte Suprema de la Nación revierta el fallo que había sido ratificado por el máximo tribunal de esa provincia en 2015 en el que se absolvía a su padrastro de su abuso sexual. Los ataques ocurrieron cuando la víctima tenía entre 10 y 13 años, pero la justicia no le creyó porque "sus notas en la escuela no habían mermado".
 
 
Así lo explicó Guillermo Campano, el abogado de la joven que hoy tiene 21 años y espera que el proceso legal contra su padrastro avance. Durante el verano de 2013 la niña, todavía de 12, había pedido ir a vivir con su padre, pero la Justicia de Río Negro había fallado en contra.

El caso salió a la luz cuando la víctima terminó su primer día de secundaria y se vio ante la posibilidad de volver a la casa de su madre y su padrastro "La niña explotó en llanto, dijo que no iba a volver y le contó a la directora y a un asistente varón de la Comisaría de la Mujer lo que le pasaba", relató Campano al Diario Río Negro.

"Teníamos todas las pericias, pero el juez dijo que en la cámara Gesell no la había visto muy convencida. Era una nena rodeada de adultos en tribunales hablando de lo más aberrante que le pasó en la vida", agregó. La niña también bostezó en la entrevista, lo que le dio la impresión de desinterés a los magistrados a cargo del caso.

De acuerdo con Campano, "el juez argumentó que sus notas en la escuela no habían mermado después de la fecha en que relató la habían abusado".

La sobreexigencia de sobresalir académicamente o la evasión de la realidad a través de la escuela no fueron escenarios posibles, sino que "como ella pudo seguir su vida medianamente, dada su conducta calificada en la escuela, en vez de creerle, el juez no le creyó su testimonio".

En segunda instancia, los jueces de la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma, Carlos Reussi, Juan Antonio Bernardi y Eduardo Roumec, absolvieron en 2014 al padrastro de la niña, que había sido acusado de "abuso sexual agravado por el acceso carnal y el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente".

Bernardi saldría en las noticias en Río Negro al ser condenado por corrupción de menores en 2017.

El fallo de la Cámara fue apelado no sólo por la querella sino también por la Defensora de Menores Patricia Arias, quienes consideraron que hubo una valoración errónea y aislada de la prueba. Según su parecer, los jueves habían malinterpretado desde pericias psicológicas en las que se afirmaba que la niña no fabulaba hasta exámenes médicos que confirmaban el abuso sexual.

De todos modos, tres de los cinco jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro, Sergio Barotto, Ricardo A. Apcarian y María Luján Ignaz (subrogante), votaron a favor de absolver al padrastro de la niña, mientras que los otros dos, Liliana Piccinini y Enrique J. Mansilla, expresaron su deseo de anular el fallo.

El caso llegó a la Corte Suprema en febrero de 2018, cuando el procurador general Eduardo Casal presentó un dictamen en el que criticó a los jueces del STJ, y pidió revocar el fallo y elaborar uno nuevo al entender que el tribunal "se apartó de los estándares internacionales mencionados para el juzgamiento de esta clase de hechos, y relativizó el relato de la niña a pesar de que, conforme lo valoró el voto en minoría, los informes psicológicos descartaron la presencia de elementos fabulosos y de tendencia a la fabulación, sus maestras destacaron su honestidad, y aquélla expuso información precisa, relevante y sustancial".

Los jueces en mayoría del STJ sostuvieron su fallo en que "no estaba probado que la niña no hubiera mantenido relaciones sexuales", lo que Casal entendió como "un mero estereotipo basado en el género y la edad, que además resulta contrario a la pauta internacional en materia de violencia contra la mujer y violencia sexual según la cual las pruebas relativas a los antecedentes de la víctima en ese aspecto son en principio inadmisibles".

De hecho, los jueces del STJ de Río Negro ni siquiera sopesaron que la víctima tardó en reportar el abuso sexual "por las amenazas con las que el imputado le habría ordenado que callara sobre los abusos".

Los ministros de la Corte Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Maqueda firmaron el fallo para revertir la decisión del STJ de Río Negro.

"Ahora el Superior Tribunal decide si dicta un nuevo fallo o si ordena hacer un nuevo juicio. No sé qué va a suceder. Fue groseramente agraviante la forma en que se interpretó el testimonio de la niña", expresó Campano, quien esta semana logró que la Cámara en lo Criminal de Viedma se declarase competente para volver a tratar el caso.

Por ahora, el acusado está libre pero Campano logró que se le coloque una tobillera electrónica para mantenerlo monitoreado.

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